artículosLos familiares políticos

Un tema que siempre es muy discutido en las empresas familiares es el relativo a si los familiares políticos deben trabajar o no en la empresa. En muchos casos se opta por una decisión, que pareciese ser la más apropiada, que consiste en establecer una prohibición de modo que los familiares políticos no puedan trabajar en la empresa.

Ahora bien, más allá que los familiares políticos trabajen o no en la empresa, no caben dudas de la influencia que los mismos pueden tener en ella a través de su cónyuge. En este sentido, no olvidemos que las parejas duermen y se despiertan juntas todos los días.

Dicen los americanos que en las empresas familiares se debe prestar atención al board y al bed room, es decir en la habitación del consejo (directorio) y en el dormitorio matrimonial. Y es que entre los órganos formales y los informales puede haber vasos comunicantes (Jordi Tarragona).

Vemos entonces que la cuestión es bastante más profunda que una simple prohibición. Es por eso que se deben arbitrar medios para que, dentro de lo posible, los familiares políticos no influyan negativamente en la empresa.

A dicho efecto, un medio muy importante es el de la comunicación. Más allá que exista o no la referida prohibición, es conveniente que los familiares políticos estén al tanto, aunque más no sea en términos generales, de la marcha de la empresa.

En tal sentido, un buen momento para transmitir esta información es la Asamblea de Familia, a la cual sugiero que asistan también los familiares políticos y es en esa ocasión donde pueden tomar conocimiento de la marcha de la empresa.

En puridad, los familiares políticos no son enemigos, pero lastimosamente las malas experiencias de familiares y amigos hace que se los vea a los mismos con cierto temor.

Si profundizamos un poco más tenemos que, en no pocos casos es el propio hijo o la propia hija quien asume una conducta que los padres consideran inadecuada, pero como es su sangre prefieren atribuir dicha conducta a su nuera o a su yerno. Veamos que si el hijo realmente tiene la suficiente fortaleza de carácter no hará algo incorrecto por la influencia de su cónyuge. Entonces, en este caso, el problema, en realidad está en el hijo y no en su cónyuge.

Una cuestión no menor, que se debe tener en cuenta, es que el familiar político en caso de fallecimiento del cónyuge se convertirá en accionista de la sociedad, aunque el matrimonio haya sido contraído bajo el régimen de separación de bienes.

Entonces, este es un motivo más por el cual es importante que el familiar político esté en conocimiento del andamiento de la empresa de modo que, en el caso de ocurrir, la situación mencionada precedentemente pueda desempeñarse como un accionista responsable.

Marcelo Codas Frontanilla

marcelo@estudiocodas.com

Twitter: @CodasMarcelo

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